Renta vitalicia vs Hipoteca Inversa¿Qué son y para qué sirven?

renta vitalicia

Ante la situación de dependencia de alguna persona mayor, si necesitamos residencia geriátrica o centro de día podemos recurrir a la renta vitalicia o hipoteca inversa como una forma de hacer «liquido» nuestro patrimonio inmobiliario. En este post os explicamos en que consisten estas herramientas financieras.Por si no fuera suficientemente difícil tomar esta decisión (sobre la cual ya os hemos hablado en anteriores artículos) se suma la compleja tarea de asegurarse que se cuenta con la situación económica adecuada para asumir sus costes.

Tal y como detallábamos en un post anterior,  existen diversos tipos de ayudas derivadas de la Ley de Dependencia para costear la estancia en residencia o centro de día, pero, ¿qué pasa si el ingreso urge y la ayuda se retrasa? ¿Y  si, por alguna razón  no la solicitamos o no cumplimos los criterios exigidos para su concesión?

En el post Ley de Dependencia Comunidad Valenciana, la situación de los dependientes tras eliminar la variable de capacidad económica, podéis conocer las prestaciones que se ofrecen a los afectados tras la revisión al alza este año 2016.

Precisamente en estos momentos hay que ser consciente que, aunque la persona mayor no cuente con ahorros suficientes para afrontar los pagos mensuales por mucho tiempo, sí suelen tener propiedades inmobiliarias que sin saberlo,  se convierten en una ahorro en forma de “ladrillos” según declaraciones de Luis María Linde, Gobernador del Banco de España.

La licuación de patrimonio es el proceso por la el cual es posible convertir esa vivienda  en dinero. Aunque las fórmulas más usuales son la venta o el alquiler, existen otras fórmulas financieras como la hipoteca inversa o la renta vitalicia inmobiliaria, las cuales permiten recibir una renta mensual, manteniendo  la propiedad y el uso de la vivienda o solo el uso de la misma hasta el fallecimiento, como es el caso de la renta vitalicia inmobiliaria. Estas opciones están especialmente indicadas cuando solo uno de los dos cónyuges requiere ingresar en una residencia para mayores o centro de día, mientras que el otro tiene que poder habitar su vivienda hasta su fallecimiento o modificación de su situación de salud.

¿Qué es la Hipoteca Inversa?

La hipoteca inversa es un préstamo con garantía hipotecaria de la vivienda a través del cual una entidad financiera concede una renta mensual a una persona mayor sin que ésta pierda la propiedad ni el uso del inmueble. El  titular tiene la posibilidad de cancelarla voluntariamente mediante la devolución de la cantidad dispuesta en cualquier momento. La deuda solo puede ser exigida por el banco tras el fallecimiento del cliente y los herederos de la propiedad pueden proceder a la liquidación de la deuda y recuperar la casa. En la mayoría de los casos, optan por vender el inmueble para cancelar la deuda y repartirse el dinero sobrante.

El importe del crédito, y, por tanto, la cuantía a percibir, dependerá del valor de la tasación, del tipo de vivienda y de su destino (habitual, vivienda secundaria, vivienda alquilada a un tercero,…), de la edad del beneficiario y de la forma de percepción (capital único, renta temporal o renta vitalicia).

A modo de valoración general podemos señalar como aspectos a favor de la hipoteca inversa que permite una disposición de dinero mensual para el anciano dependiente y que puede liquidarse la deuda con el banco y mantener el inmueble en propiedad por parte de los herederos.
En contra podemos resaltar que pude agotarse el saldo y quedarnos sin dinero que seguir cobrando.

No obstante, lo mejor es conocer bien la Ley 41 de 7 de diciembre de 2007  que regula este producto hipotecario e informarse de cada caso concreto para valorar o no su conveniencia.

¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?

Una renta vitalicia inmobiliaria es una operación que debe formalizarse ante notario, a través de la cual el propietario de la vivienda (normalmente una persona de edad avanzada) vende la nuda propiedad del inmueble a cambio de recibir una renta mensual vitalicia y mantiene el usufructo de la misma hasta el fallecimiento; es decir, podrá seguir viviendo en su casa, recibiendo una renta mensual, y sin tener que hacerse cargo de los gastos propios del propietario (comunidad, IBI…)

Los requisitos que se exigen para acceder a este producto por norma general son ser mayor de 75 años y tener una vivienda en propiedad en buen estado, preferiblemente en una capital de provincia

A diferencia de una hipoteca inversa, a través de una renta vitalicia se puede obtener más ingresos mensuales, si bien es una operación que no se puede cancelar, y al fallecimiento los herederos no podrán disfrutar del inmueble.

Según la revista Senda, ambos productos financieros se encuentran ampliamente implantados en Estados Unidos o algunos países europeos y además, son solo dos opciones entre las que también encontramos, por ejemplo, la venta con alquiler garantizado, la cesión en alquiler, la vivienda pensión…

Lejos de pretender asesorar sobre herramientas financieras, en este artículo queremos presentar las diversas soluciones con las que puede contar una persona mayor dependiente para acceder a servicios especializados a los que de otro modo, no tendría acceso por cuestiones económicas.

Antes de llegar a una situación límite para la persona mayor o para el cuidador, mejor exploremos todas las opciones legales que tenemos a nuestro alcance para que la persona mayor dependiente pueda recibir la atención especializada que requiera por su situación sociosanitaria manteniendo las mejores condiciones de dignidad y calidad de vida que tanto él como su cónyuge merecen.



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